SUPLEMENTO | NO FUE GOLPE, FUE SUCESIÓN CONSTITUCIONAL. LA LUCHA HISTÓRICA EN BOLIVIA


Por Comunicación Social publicado 2019-11-15



POR: MSC. JESSICA MAYRA CHURATA H.
El 20 de octubre a Bolivia se le atragantaba la democracia tras un fraude electoral que se logró comprobar con el “Análisis de Integridad Electoral” realizado por la Organización de Estados Americanos (OEA).

Desde las 00.00 horas del 23 de octubre Bolivia asumió un paro indefinido solicitado por los Comités Cívicos de los departamentos de Potosí y Santa Cruz a la cabeza de sus presidentes Marco Antonio Pumari y Luis Fernando Camacho con el lineamiento al respeto y defensa del voto del pueblo en contra del fraude electoral y solicitando segunda vuelta para posteriormente recuperar la democracia en Bolivia con antecedente del 21F.

Para datos consideremos que el 21 de febrero de 2016 (21F) se realizó el referéndum que consulta a la población boliviana para cambiar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado que establece que solo puede existir la reelección presidencial por una sola vez, (Constitución Promulgada en mandato de Evo Morales 2009). Ese mismo día 51.3% los votos le dijeron No a la modificación de la CPE. Tras la derrota en urnas, el Movimiento al Socialismo (MAS) actuó rápido y en primera instancia pidió la nulidad del referendo, porque consideraba que el pueblo votó “engañado” por el caso de Gabriela Zapata, una exnovia del presidente Morales que se benefició de esta relación para acceder a cargos importantes. Para abril de 2016, el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, aseguró que un “cartel de la mentira”, conformado por diversos medios, inventó todo el caso Zapata para defenestrar a Morales y hacerle perder el referendo. Desde entonces llamó a esta fecha “el día de la mentira” convirtiéndose en un intento más para desconocer la decisión del pueblo boliviano en los resultados del referendo.

El 18 de septiembre de 2017, una delegación del Movimiento al Socialismo (MAS) entregó un recurso al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pidiendo que se declare la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), referida a los derechos políticos, y se permita la repostulación indefinida. El MAS interpretó que la repostulación era, entonces, un derecho humano (la receta ya se había aplicado en Nicaragua de la mano de Daniel Ortega, en 2009). El 28 de noviembre el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 084/2017 que dio curso a la “aplicación preferente” del artículo 23 y habilitó la repostulación indefinida y declarando la Inconstitucionalidad de los art. 52.III entre otras en la Expresión “por una sola vez de manera continua” de la Ley Electoral Ley 026 de 30 de julio de 2010. Posteriormente un 04 de diciembre de 2018 el Órgano Supremo Electoral habilita a Evo Morales para ser candidato a Presidente en las próximas elecciones.

Por estos motivos el día 21 de febrero, fecha convertida en símbolo de lucha por la democracia por la oposición y en la que se tuvieron multitudinarios actos de protesta, donde colectivos nacieron con el 21F, la defensa de este voto es el certificado de recuperación de la democracia en Bolivia.

Según analistas políticos el MAS nunca tuvo la intensión de dejar el poder, y se vio reflejado en el PARO INDEFINIDO de los últimos 21 días en Bolivia; donde días después de las elecciones los bolivianos permanecieron en vigilia tras las elecciones presidenciales exigiendo que no exista fraude, empero en el trascurso del mismo día en la ciudad de La Paz sede de Bolivia se encontraron boletas marcadas a favor del MAS y material electoral en manos de personas que no eran funcionarios del Órgano Electoral dando como resultado incendios de los edificios Electorales de Sucre, Tarija y Potosí. El 24 de Octubre a las 7:00 pm hora Bolivia, tras haber mantenido congelado el sistema de conteo rápido alrededor de 24 horas el Órgano Supremo Electoral actualizó por sorpresa los datos dando una estrechísima victoria al presidente Evo Morales al 99,99 % de actas escrutadas, el 0.01% restante fueron de actas anuladas en el departamento de Beni; anunciando la victoria por 10,56 % puntos de diferencia sobre esa, con el anuncio que NO EXISTIRÍA UNA SEGUNDA VUELTA porque la diferencia sobrepaso el 10%, resultados que desataron afirmar en la población boliviana el fraude electoral, y no cumpliendo el art. 166 de la Constitución Política del Estado que prevé una segunda vuelta electoral entre las dos candidaturas más votadas con diferencia de un 10%.

El 10 de Noviembre la Secretaría General de la OEA emite un comunicado en el que considera que el proceso electoral debe comenzar nuevamente, a las pocas horas Evo Morales anuncia que se tendrán nuevas elecciones con un Órgano Electoral renovado; y al no ser aceptado por la población boliviana con casi 20 días de paro general demostrando unión entre todos los departamentos sufriendo el resultado de diez muertos y un centenar de heridos, el mandatario Evo Morales RENUNCIA a sus funciones por el pedido de los bolivianos.

Acto que desato a nivel mundial una confusión entre si fue un golpe de estado como lo mencionaron varios medios internacionales o en realidad fue una renuncia. Cabe la pena aclarar ante el mundo entero que Evo Morales Renunció tras haber surgido un pedido de las Fuerzas Armadas de Bolivia a la cabeza de Williams Kaliman, quien en base al art. 20 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas “SUGIERE” a Evo Morales abandone el cargo para pacificar el país. Jugada no tan clara por el MAS para que Evo morales retorne a su mandato tal como sucedió con Chávez el 2002.

Renuncia que no fue a consecuencia de un “golpe de Estado” sino fue el resultado de una rebelión popular contra un cuestionado proceso electoral del Órgano Supremo Electoral que perdió la legitimidad tras varios desatinos y tras haber pasado casi tres semanas de paro indefinido, fraude cometido como un delito comprobado por la OEA, llamado el “fraude electoral más grande en la historia de Bolivia” dicho por el ex embajador de Bolivia ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), Jaime Aparicio.

Según el análisis del Dr. José Antonio Rivera Santivañez Abogado Constitucionalista desde el momento en que Evo Morales y Álvaro García Linera comunicaron su decisión de renunciar al cargo y oficializaron la renuncia por escrito ante la Asamblea Legislativa Plurinacional, la aplicación de la sucesión presidencial prevista por el art. 169.I de la Constitución dependía de la decisión de la Asamblea Legislativa; ya que por previsión del art. 161.3 de la Constitución es atribución de la sesión conjunta de senadores y diputados admitir o negar la renuncia del Presidente y del Vicepresidente del Estado; por lo que hasta que dicha Asamblea no se pronuncie no se podía aplicar la sucesión presidencial y los renunciantes debían permanecer en el cargo, no podían abandonar hasta que se opere la sucesión presidencial porque no podían dejar sin conducción al Estado.

El día martes 12 de noviembre, debido a que Evo Morales y Álvaro García Linera sin esperar que la Asamblea Legislativa Plurinacional se pronuncie sobre su renuncia, abandonaron el territorio nacional en un avión de la Fuerza Aérea de México acogiéndose al asilo concedido por el gobierno de ese Estado. Con esa acción han incurrido en la cesación del cargo prevista por el art. 170 de la Constitución, por cuyo mandato el Presidente cesará en su mandato, entre otras razones, por ausencia o impedimento definitivo, ya que su ausencia del territorio nacional no fue por cumplimiento de funciones, sino acogiéndose a un asilo político, dando por hecho su renuncia.

Frente a la cesación del cargo por ausencia y no encontrándose en Bolivia Evo Morales ni Álvaro García Linera, se activó la sucesión presidencial prevista por el art. 169.I de la Constitución, por cuyo mandato “En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados”; caso en el que ya no era necesario que la Asamblea Legislativa Plurinacional considerara la renuncia para aceptarla o negarla; asimismo no se requiere de una Ley de Proclamación; así lo ha aclarado el Tribunal Constitucional Plurinacional en Comunicado Público.

Por previsión del art. 30.I del Reglamento General de la Cámara de Senadores, la directiva de esa Cámara está conformada por un Presidente, dos Vicepresidentes y tres Secretarios; y por previsión del art. 36.a) del referido Reglamento Son atribuciones del Segundo Vicepresidente: reemplazar al Presidente y al Primer Vicepresidente, cuando ambos se hallen ausentes por cualquier impedimento. Conforme a esas normas, ante la renuncia hecha pública por la Presidente y el primer Vicepresidente de la Cámara de Senadores, se encontraba en ejercicio de la Presidencia la segunda Vicepresidente, en quien recayó la sucesión presidencial. Cabe advertir que en el Reglamento General de la Cámara de Senadores no existe ninguna norma que disponga que la renuncia al cargo de Presidente, Vicepresidente o Secretarios de la Directiva de dicha Cámara está sujeta a la aceptación por la Cámara declarado en el art. 28 inciso f) del Reglamento General del Senado Boliviano, y después de esos parámetros Bolivia cuenta actualmente con una Presidenta Constitucional en legítimo mandato.

Ahora bien, Evo Morales siendo un mandatario populista y ante la inestabilidad política en Venezuela solo pudo acogerse al asilo político que le ofreció México cumpliendo con las normativas previstas en el art. 11 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos así como la Ley de Refugiados protección complementaria y asilo político, desenlace que condujo a varias controversias en contra el Presidente López Obrador y otros Estados.

Para concluir no olvidemos que a pesar del discurso de odio, racismo y división del Ex Presidente Evo Morales entre los ciudadanos e indígenas, en Bolivia ya empezó el efecto dominó y no se dejara esperar en la reivindicación de la democracia en América Latina.